lunes, 26 de marzo de 2012

Acerca del aborto terapéutico


Desde hace 85 años en nuestra legislación penal, no se considera punible el aborto terapéutico cuando es “practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal si la tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente” (artículo 119 actual código penal). Por lo tanto, negar una interrupción voluntaria del embarazo en los casos que la ley lo permite, es negar el derecho fundamental a la salud que tiene una persona.

El Estado debe pues, garantizar el aborto terapéutico en nuestro país, para todas las mujeres que lo soliciten evitando que, en la necesidad de interrumpir su gestación puedan buscar servicios ilegales e inseguros que ponen en mayor riesgo su salud y su vida. 

Debemos recordar que el Estado Peruano ya tiene sanciones internacionales por el caso de una adolescente a la que le fue negada la interrupción del embarazo por causal de salud. Este caso fue llevado ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que falló a su favor, obligando al Estado Peruano a indemnizarla y a crear los mecanismos necesarios para cumplir con la ley. En este dictamen el Comité de las Naciones Unidas señaló que el Perú “tiene la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro”. 

Hace muy poco se ha presentado una nueva denuncia; se trata de una menor de 13 años que fue violada y que quedo embarazada, en su intento de suicidarse, se lanzó de un segundo piso produciéndose una lesión en la columna vertebral que requería de un procedimiento neuroquirúrgico inmediato, el cual no se pudo realizar por estar gestando. En este caso también se habría negado el aborto terapéutico, a pesar del riesgo que representaba para la salud de la menor. Actualmente ella se encuentra con una cuadriplejia. 

Diversas instituciones como la Defensoría del Pueblo, el Colegio Medico, la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología y otras, han manifestado en diversas oportunidades la necesidad de implementar un Protocolo Nacional para garantizar el aborto terapéutico de las mujeres peruanas que teniendo esa causal lo soliciten; y de esa manera, garantizar un conjunto de derechos humanos de las mujeres.

Por consiguiente, es necesario que existan instrumentos legales, que definan los procesos técnicos y administrativos que garanticen tanto a los prestadores de servicio como a las mujeres, que el aborto terapéutico se realice, de acuerdo a la norma y en las mejores condiciones de seguridad y de calidad. Contar con un Protocolo Nacional para la Atención del Aborto Terapéutico en los hospitales del país, es imprescindible y necesario.

Dr. Miguel Gutiérrez Ramos
Ex Presidente 


1 comentario:

  1. Muy buen articulo.. me interesaria saber mas del caso R.H. me podrian decir donde puedo encontrar ese caso para poder estudiarlo mas a fondo.
    gracias.
    les dejo mi correo electronico por si me lo pueden facilitar: ka_ian5@hotmail.com
    gracias anticipadas

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